Readmisión tras abandono de estudios

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  • Abandono de estudios: El Reglamento de permanencia de la Universidad de Granada para el estudiantado de enseñanzas oficiales de Grado y Máster Universitario (art. 5) dispone que se considera abandono de estudios cuando el estudiantado, sin incumplir normas de permanencia, haya dejado de matricularse durante dos cursos académicos consecutivos, aun cuando mantenga expediente abierto en la titulación, es decir sin haber trasladado su expediente por matrícula en otros estudios u universidad. 

  • Readmisión tras abandono de estudios: El estudiantado que haya abandonado los estudios, por haber estado voluntariamente dos o más cursos académicos consecutivos sin matricularse, podrá solicitar la readmisión al Decano/a del centro, siempre que cumpla los requisitos de permanencia. En caso de ser concedida, la matrícula se hará según indicaciones del centro académico, tal como establece el Reglamento de Gestión Académica de la Universidad de Granada (art. 4.3).

  • Este procedimiento es necesario, dado que el estudiantado que haya estado sin matricularse dos o más cursos académicos consecutivos no podrá realizar la matrícula a través de la aplicación de automatrícula por internet.

  • Reingreso tras un traslado de expediente: El estudiantado que, tras haber estado matriculado inicialmente en una titulación (sin finalizar estudios), posteriormente obtuviera plaza en otra titulación de esta u otra universidad pública española, podrá solicitar el reingreso para continuar los estudios en la titulación de origen a través del procedimiento de admisión por traslado de expediente.

  • En caso de resolución favorable, se notificará al estudiantado el plazo y el procedimiento para solicitar la matrícula en las asignaturas y grupos en los que desee matricularse.