Definición y requisitos previos
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La matrícula extraordinaria es una modalidad de estudio en régimen de dedicación a tiempo reducido y que tiene carácter excepcional, ya que está orientada a quienes deseen cursar parte de los estudios que ofrece la Universidad de Granada, sin que su finalidad sea la obtención de un título universitario.
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Para que un estudiante pueda realizar la matrícula extraordinaria debe reunir los requisitos exigibles para el acceso a la Universidad, y no puede encontrarse matriculado en otra titulación impartida en un centro de la Universidad de Granada.
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El número de créditos a matricular estará comprendido entre un mínimo de 6 y un máximo de 24, no pudiéndose solicitar asignaturas de formación básica y sólo podrá concederse la matriculación en asignaturas en las que queden plazas vacantes.
Plazos
Solicitud
Solicitud a través de internet (sede electrónica), indicando las asignaturas que quiere matricular:
Procedimiento, resolución y matrícula
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El procedimiento será tramitado por la secretaría del centro y resuelto por el Decanato de la Facultad de Filosofía y Letras. La resolución se comunicará a los interesados en un plazo de diez días hábiles.
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Criterios de resolución: Se tendrá en cuenta que en las asignaturas solicitadas queden plazas vacantes, no pudiéndose conceder la matriculación en asignaturas de formación básica y se tendrán en cuenta el límite de créditos a matricular (entre 6 y 24).
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Ante la resolución se podrá interponer recurso administrativo de alzada ante el Rector de la Universidad de Granada.
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Matricula: En caso de concederse la solicitud, la matrícula se formalizará de oficio por parte del personal de Secretaría.
Normativa
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Reglamento de Gestión Académica de la Universidad de Granada, aprobado por el Consejo de Gobierno el día 23 de julio de 2021 (Título I. Normas para la formalización de la matrícula)
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas