Definición y criterios de concesión
El Reglamento de Gestión Académica de la Universidad de Granada establece que los alumnos con matrícula ordinaria a tiempo completo podrán matricular en los Grados un número máximo de 78 créditos (96 créditos en el caso de los dobles grados) y sólo excepcionalmente, si lo concede el Centro, podrá concederse la ampliación del número de créditos matriculados por encima de esta cifra.
En la Facultad de Filosofía y Letras se han establecido los siguientes criterios para conceder la ampliación de matrícula:
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Se podrá conceder la citada ampliación del número de créditos matriculados a los estudiantes que estén en situación de finalizar sus estudios de Grado y que cumplan los siguientes requisitos:
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Que el número de créditos pendientes para finalizar los estudios no exceda de 96 créditos (incluido en este cómputo el TFG y todos los créditos optativos pendientes)
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Que solicite la matrícula en todos los créditos pendientes, con las siguientes excepciones:
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TFG, que puede realizarse en la convocatoria especial de noviembre del curso siguiente, sin haber estado matriculado con anterioridad
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Créditos optativos que declare que va a cursar mediante reconocimiento por cursos y otras actividades (hasta un máximo de 12 créditos)
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Que en el curso académico inmediatamente anterior haya superado al menos el 80% de los créditos matriculados. Excepcionalmente se podrá tener en cuenta el rendimiento en otros cursos académicos si se justifica alguna situación específica que haya motivado el bajo rendimiento en el curso académico anterior.
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Las solicitudes correspondientes a estudiantes con sobredotación o altas capacidades intelectuales serán valoradas de forma individualizada por parte del Decanato. En estos casos, siempre que estén adecuadamente justificados, se podrá conceder la ampliación del número de créditos matriculados aún cuando no estén en situación de finalizar estudios.
Plazos
- Coincidiendo con los plazos de alteración de matrícula de cada semestre (Plazos | Facultad de Filosofía y Letras (ugr.es))
Solicitud
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Solicitud a través de internet (sede electrónica): Registro electrónico de la UGR: solicitud genérica
Resolución y matrícula
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El procedimiento será tramitado por la secretaría del centro y resuelto por el Decano de la Facultad de Filosofía y Letras. La resolución se comunicará a los interesados en un plazo de diez días hábiles.
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Ante la resolución se podrá interponer recurso administrativo de alzada ante el Rector de la Universidad de Granada.
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Matricula: En caso de concederse la solicitud, la matrícula se realizará de oficio por el personal de la Secretaría de la Facultad, por lo que deberá estar pendiente por si se generan nuevos pagos de matrícula (consultar en Acceso Identificado -> Mis pagos UGR).
Normativa aplicable