Evaluación única final

Procedimiento por el que se solicita acogerse a la realización, en un solo acto académico, de cuantas pruebas sean necesarias para acreditar que se ha adquirido la totalidad de las competencias descritas en la guía docente de la asignatura. El estudiante que no pueda cumplir con el método de evaluación continua deberá acreditar fehacientemente alguna de las siguientes causas: motivos laborales, estado de salud, discapacidad, programas de movilidad, representación o cualquier otra circunstancia análoga debidamente justificada.

Procedimiento

  • La solicitud, que se realizará a través de la Sede electrónica de la UGR (SOLICITUD de evaluación única final), se dirigirá al Director del Departamento responsable de la asignatura, expresando los motivos para solicitarla y adjuntando la documentación acreditativa en formato electrónico pdf.
  • El plazo de solicitud está establecido durante las dos primeras semanas de impartición de la asignatura o en las dos semanas siguientes a su matriculación si esta se ha producido con posterioridad al inicio de la asignatura. No obstante, por causas sobrevenidas se podrá solicitar fuera de los citados plazos.
  • El plazo de resolución por parte de la Dirección del Departamento es de 10 días hábiles. Transcurrido dicho plazo sin que el estudiante haya recibido respuesta por escrito, se entenderá estimada la solicitud.

Documentación necesaria

Documentación que acredite fehacientemente las causas que impidan al estudiante seguir con el régimen de evaluación continua (adjuntar en formato electrónico pdf al realizar la solicitud a través de la sede electrónica).

Plazos de solicitud

  • Dos primeras semanas de impartición de la asignatura
  • Dos semanas siguientes a su matriculación si esta se ha producido con posterioridad al inicio de la asignatura.
  • Por causas sobrevenidas y debidamente justificadas se podrá solicitar fuera de los citados plazos.

Órgano que resuelve y recursos

  • Órgano que resuelve: Director/a del departamento responsable de la asignatura.
  • Plazo: 10 días hábiles
  • Recursos: Recurso de alzada ante la Decana de la facultad.

Normativa aplicable