Reconocimiento entre estudios de Grado
1. Reconocimiento en el caso de continuación de los mismos estudios de Grado realizados en otra Universidad (ejemplo: reconocimiento de estudios realizados en el Grado en Historia de la Universidad Complutense de Madrid para el Grado en Historia de la Universidad de Granada):
- Los créditos superados en materias de formación básica se reconocerán según los siguientes criterios:
-
a) Las asignaturas de formación básica superadas en el título de origen serán reconocidas por asignaturas de formación básica en el título de destino si pertenecen a la misma materia de rama.
- b) Las demás asignaturas de formación básica superadas en el título de origen que no se puedan reconocer por asignaturas de formación básica en el título de destino, se podrán reconocer por créditos optativos o, si procediera, por asignaturas obligatorias u optativas equivalentes teniendo en cuenta la adecuación entre las competencias y los conocimientos adquiridos.
-
-
Los créditos superados en materias obligatorias y optativas se reconocerán según los siguientes criterios:
-
a) Se podrán reconocer por asignaturas del título de destino que sean equivalentes teniendo en cuenta la adecuación entre las competencias y conocimientos adquiridos.
-
b) En caso de no existir equivalencia, se podrán reconocer por créditos optativos.
-
2. Reconocimiento en el caso de titulaciones adscritas a la misma rama de conocimiento, realizadas en otra Universidad o en la Universidad de Granda, cuando no se trate de continuación de los mismos estudios (ejemplo: reconocimiento de estudios realizados en el Grado en Filología Clásica de la Universidad de Sevilla para el Grado en Filología Hispánica en la Universidad de Granada):
- Los créditos superados en materias de formación básica se reconocerán según los siguientes criterios:
-
a) Las asignaturas de formación básica superadas en el título de origen serán reconocidas por asignaturas de formación básica en el título de destino si pertenecen a la misma materia de rama.
- b) Las demás asignaturas de formación básica superadas en el título de origen que no se puedan reconocer por asignaturas de formación básica en el título de destino, se podrán reconocer por créditos optativos o, si procediera, por asignaturas obligatorias u optativas equivalentes teniendo en cuenta la adecuación entre las competencias y los conocimientos adquiridos.
-
-
El resto de los créditos cursados y superados en el título de origen (materias obligatorias y optativas) solo se podrán reconocer por asignaturas del título de destino que sean equivalentes teniendo en cuenta la adecuación entre las competencias y conocimientos adquiridos.
3. Reconocimiento entre titulaciones adscritas a distinta rama de conocimiento, realizadas en otra Universidad o en la Universidad de Granada, cuando no se trate de continuación de los mismos estudios (ejemplo: reconocimiento de estudios realizado en el Grado en Geografía y Gestión del Territorio de la Universidad de Granada para el Grado en Estudios Ingleses de la Universidad de Granada):
-
Cuando el título de origen y el título de destino pertenezcan a diferentes ramas de conocimiento solo serán objeto de reconocimiento los créditos superados en materias de formación básica superadas que pertenezcan a la misma rama de conocimiento de la titulación de destino.
4. Cuestiones generales:
-
En ningún caso podrá ser objeto de reconocimiento el Trabajo de Fin de Grado (TFG).
-
Se reconocerán, en el componente de optatividad, módulos completos de titulaciones distintas a las de origen que se oferten en la Universidad de Granada.
-
Información sobre materias de formación básica por ramas de conocimiento:
-
Artes y Humanidades: Antropología. Arte. Ética. Expresión Artística. Filosofía. Geografía. Historia. Idioma Moderno. Lengua. Lengua Clásica. Lingüística. Literatura. Sociología.
-
Ciencias Sociales y Jurídicas: Antropología. Ciencia Política. Comunicación. Derecho. Economía. Educación. Empresa. Estadística. Geografía. Historia. Psicología. Sociología.
-
Materias comunes a ambas ramas de conocimiento: Antropología. Geografía. Historia. Sociología.
-
5. Normativa aplicable: Artículo 35 del Reglamento de Gestión Académica de la Universidad de Granada, aprobado por el Consejo de Gobierno el 23 de julio de 2021 (entra en vigor en el curso académico 2021-2022), y artículos 9, 10 y 11 de los Criterios de aplicación de la normativa sobre adaptación, reconocimiento y transferencia de créditos en los títulos de Grado de la Facultad de Filosofía y Letras (Universidad de Granada) (pdf), aprobados por la Comisión de Asuntos Académicos el día 11 de marzo de 2021 y modificados por acuerdo del día 18 de noviembre de 2021.
Reconocimiento por asignaturas superadas en otros estudios universitarios (Licenciatura, Máster)
-
En el caso de solicitudes de reconocimiento por asignaturas superadas en otros estudios universitarios oficiales (Licenciatura distinta a la equivalente al Grado, Máster, etc.), se podrán reconocer por las que sean equivalentes en contenidos y competencias en el título de destino.
Información sobre reconocimientos previos (antecedentes)
Advertencia: información orientativa y no vinculante
Adaptación a un Grado desde la Licenciatura equivalente cursada en la UGR
- En el caso de adaptación desde una Licenciatura en extinción cursada en la Universidad de Granada al Grado que lo sustituye en esta misma Universidad, los reconocimientos están regulados por las correspondientes tablas de adaptaciones publicadas en las Memorias de Verificación de los Grados.
Grados | Tablas de adaptación desde la Licenciatura | ||
---|---|---|---|
Antropología Social y Cultural | Adaptación (pdf) | ||
Estudios Árabes e Islámicos | Adaptación (pdf) | ||
Estudios Franceses | Adaptación (pdf) | ||
Estudios Ingleses | Adaptación (pdf) | ||
Filología Clásica | Adaptación (pdf) | ||
Filología Hispánica | Adaptación (pdf) | ||
Filosofía | Adaptación (pdf) | ||
Geografía y Gestión del Territorio | Adaptación (pdf) | ||
Historia | Adaptación (pdf) | ||
Historia del Arte | Adaptación (pdf) | ||
Historia y Ciencias de la Música | Adaptación (pdf) | ||
Lenguas modernas y sus literaturas | Adaptación (pdf) | ||
Literaturas comparadas | Adaptación (pdf) |
Procedimiento de solicitud
Plazos
Normativa
-
Reglamento de Gestión Académica de la Universidad de Granada, aprobado por el Consejo de Gobierno el 23 de julio de 2021.
[Información actualizada a fecha 15/12/2023]