Directrices sobre la asignatura "Trabajo Fin de Grado"

Directrices para la asignatura "Trabajo Fin de Grado" en la Facultad de Filosofía y Letras, aprobadas por la Junta de Centro el 8 de julio de 2014

El Real Decreto 1393/2007, de 29 de Octubre (BOE, núm. 260, de 30 de Octubre de 2007), por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, indica en su Artículo 12 que estas enseñanzas concluirán con la elaboración y defensa de un Trabajo Fin de Grado, de entre 6 y 30 créditos, que deberá realizarse en la fase final del Plan de Estudios y estar orientado a la evaluación de las competencias asociadas al Título.

Asimismo, en el Punto 8 del Anexo I del citado Real Decreto se habla de un procedimiento general de la Universidad para valorar el progreso y los resultados de aprendizaje de los estudiantes, entre los que se alude a los TFG. Este procedimiento se ve matizado por el Real Decreto 861/2010, de 3 de Julio (BOE, núm. 161, de 3 de Julio de 2010), por el que se modifica el Real Decreto 1393/2007, que habla del progreso y los resultados de aprendizaje de los estudiantes en términos de las competencias expresadas en el Apartado 3 de la Memoria de Verificación del Título (competencias generales y específicas que los estudiantes deben adquirir durante sus estudios, y que sean exigibles para otorgar el Título). 

Desarrollado el mapa de titulaciones de grado, la Universidad de Granada ha aprobado en Consejo de Gobierno con fecha 4 de Marzo de 2013 las Directrices sobre el desarrollo de la asignatura Trabajo Fin de Grado de sus Títulos de Grado. 
Estas Directrices establecen que cada centro podrán elaborar normativas complementarias para adaptar las de la Universidad de Granada a las peculiaridades de sus títulos de grado y, en concreto, a los diferentes aspectos reflejados para la asignatura Trabajo Fin de Grado en la Memoria de Verificación de las titulaciones.

En virtud de lo anterior, la Facultad de Filosofía y Letras ha aprobado en Junta de Centro celebrada el ocho de julio de 2014 las Directrices sobre la asignatura Trabajo Fin de Grado. El desarrollo de estas directrices tiene por objeto regular los aspectos normativos relacionados con esta asignatura en los títulos de grado de la Facultad de Filosofía y Letras.

Las presentes directrices son de aplicación a la asignatura Trabajo Fin de Grado (TFG) de los títulos de grado de la Facultad de Filosofía y Letras y se ocupa de los aspectos referentes a su tipología, tutorización y procedimientos de matriculación, gestión y evaluación.

  • 2.1 El TFG es una asignatura obligatoria de 6 créditos ECTS (150 horas de trabajo para el estudiante, incluidas las actividades presenciales) en todas las titulaciones de grado de la Facultad de Filosofía y Letras, excepto en los títulos de Grado de Geografía y Gestión del Territorio (12 créditos ECTS) y Grado de Antropología Social y Cultural (12 créditos ECTS). Además, por su naturaleza, constituye un requisito indispensable para la obtención del título de grado correspondiente.

  • 2.2 De acuerdo con lo contenido en la Memoria de Verificación de los títulos de grado de la Facultad de Filosofía y Letras la asignatura de TFG deberá ser desarrollada a lo largo del segundo cuatrimestre del cuarto curso de la titulación. El TFG, según lo establecido en el Artículo 2.1 de las Directrices de la Universidad de Granada, debe ser un trabajo personal que refleje las competencias adquiridas por el estudiante a lo largo de su formación académica.

    • En relación con estas competencias, como regla general, se tomarán en consideración las que aparecen desarrolladas en el punto 3.2 del Anexo I del Real Decreto 861/2010, de 3 de Julio (BOE, núm. 161, de 3 de Julio de 2010), que conforman el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES):

      • Que los estudiantes hayan demostrado poseer y comprender conocimientos en un área de estudio que parte de la base de la educación secundaria general, y se suele encontrar a un nivel que, si bien se apoya en libros de texto avanzados, incluye también algunos aspectos que implican conocimientos procedentes de la vanguardia de su campo de estudio.

      • Que los estudiantes sepan aplicar sus conocimientos a su trabajo o vocación de una forma profesional y posean las competencias que suelen demostrarse por medio de la elaboración y defensa de argumentos y la resolución de problemas dentro de su área de estudio.

      • Que los estudiantes tengan la capacidad de reunir e interpretar datos relevantes (normalmente dentro de su área de estudio) para emitir juicios que incluyan una reflexión sobre temas relevantes de índole social, científica o ética; Que los estudiantes puedan transmitir información, ideas, problemas y soluciones a un público tanto especializado como no especializado.

      • Que los estudiantes hayan desarrollado aquellas habilidades de aprendizaje necesarias para emprender estudios posteriores con un alto grado de autonomía.

    • La Memoria de Verificación de cada título de grado establecerá las competencias específicas que podrán ser objeto de evaluación en la asignatura TFG.

  • 2.3 El TFG deberá ajustarse a alguna de las siguientes tipologías:
    • Estudio de casos, teóricos o prácticos, relacionados con la temática del Grado, a partir de material ya disponible en los Centros.

    • Trabajos experimentales, de toma de datos de campo, de laboratorio, etc.

    • Elaboración de un informe o un proyecto de naturaleza profesional.

    • Trabajos derivados de la experiencia desarrollada en prácticas externas, siempre que no coincida con el material presentado para evaluar las prácticas externas, en el caso de que éstas constituyan una asignatura del plan de estudios. 

    • Elaboración de un plan de empresa. 

    • Trabajos bibliográficos sobre el estado actual de una temática relacionada con el Grado. 

    • Cualquier otra modalidad que esté recogida en la Memoria de Verificación del título de grado.

En virtud de lo establecido en el apartado 2 de las Directrices sobre el desarrollo de la asignatura Trabajo Fin de Grado de sus Títulos de Grado aprobadas por la Universidad de Granada, en aquellos casos en que la Comisión Académica así lo defina, la asignatura podrá desarrollarse de forma conjunta en pequeños grupos de estudiantes, aunque necesariamente cada estudiante deberá presentar un trabajo, una memoria y hacer una defensa individual del mismo.

En estos casos, el profesor establecerá, previamente, las líneas de trabajo, requisitos y criterios de selección de alumnos de cada grupo.

  • 3.1. Salvo aquellos casos en los que la Memoria de Verificación del correspondiente título de grado indique un procedimiento diferente o incluya requisitos adicionales, el estudiante no podrá matricular el TFG hasta el último curso.

  • 3.2. Para poder matricular la asignatura TFG, el estudiante deberá tener superado el 60% de los créditos ECTS de la Titulación (144 créditos ECTS), entre los que deben estar incluidos los créditos correspondientes a las asignaturas de:

    • Formación Básica (60 créditos ECTS)

    • Asignaturas de primer curso.

  • 3.3. En el momento de matricular el TFG, el estudiante deberá matricular el total de los créditos que le falten para finalizar el Título de Grado.

  • 3.4. La calificación del TFG no se podrá incorporar al expediente académico del estudiante hasta que haya aprobado el resto de los créditos de la titulación.

  • 3.5. Al igual que en el resto de las asignaturas del Título de Grado, la matriculación dará derecho a dos convocatorias, ordinaria y extraordinaria, coincidentes con los periodos oficiales de exámenes establecidos por la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Granada.

El/la coordinador/a del Título de Grado será responsable de coordinar los aspectos académicos y procedimentales relacionados con la asignatura TFG.

  • 5.1 Cada estudiante contará con un tutor para el desarrollo de la asignatura TFG. El tutor deberá ser un profesor de los ámbitos de conocimiento del título de grado. En función de las características del TFG se contempla la posibilidad de la existencia de dos cotutores. En el caso de que el TFG se derive de prácticas externas, uno de los cotutores puede proceder de la empresa u organismo en el que se desarrollen dichas prácticas.

  • 5.2 La función del tutor consistirá en asesorar al estudiante sobre el enfoque del TFG, la metodología y recursos a utilizar, la supervisión de su trabajo y todos aquellos aspectos relacionados con el desarrollo del mismo. Cuando proceda, antes de la defensa del TFG, el tutor debe emitir un informe motivado para su consideración por la Comisión Evaluadora.

  • 5.3 El cómputo de la dedicación de los tutores se reflejará en la dedicación docente del profesorado según los criterios que establezca el Plan de Ordenación Docente, que deberá contemplar el reconocimiento tanto para la modalidad de tutorización individual como tutorización en grupos de estudiantes.

  • 6.1 Antes del comienzo de cada curso académico la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Granada hará pública mediante resolución del decano los criterios generales sobre la organización del TFG, con los siguientes aspectos:
    • Oferta de tutores y ámbitos o líneas de trabajo para el desarrollo del TFG. Se incluirá una breve descripción del ámbito o línea de trabajo a desarrollar. 

    • Oferta de grupos de trabajo, de 10 alumnos cada uno, así como sus tutores, líneas de trabajo, requisitos y criterios de selección de alumnos para cada grupo. 

    • Requisitos específicos para la matriculación de la asignatura TFG, según lo contenido en el apartado 3.2 de estas directrices. 

    • Procedimiento y plazos para la elección y asignación de tutores o grupos de trabajo. 

    • Criterios de evaluación, instrumentos de evaluación, criterios de calificacióny plantillas de evaluación a utilizar de la asignatura TFG, que se ajustarán a lo establecido para la misma en la Memoria de Verificación del Título de Grado. 

    • Los procedimientos a seguir para la asignación de la calificación de “Matrícula de Honor” a los TFG que reúnan los requisitos necesarios. 

    • Las recomendaciones que se consideren oportunas sobre los aspectos formales y de presentación del TFG.

    • Esta resolución deberá ser informada por la Comisión de Asuntos Académicos del centro en colaboración con la coordinación de las titulaciones, que velarán para que los contenidos de los trabajos ofertados sean apropiados para las titulaciones y que su extensión y grado de dificultad se ajuste al número de créditos asignado al TFG en el plan de estudios, y posteriormente ratificada por la Junta de Centro. La resolución será publicada, al menos, en la Web de cada grado y en Web del centro.

  • 6.2 Todo el profesorado será incluido con una oferta de TFG equitativa, estableciéndose como criterio general que el máximo de TFG que cada tutor podrá dirigir en la modalidad de grupo no será superior a 10 y en la modalidad de trabajo individual no será superior a 5.

  • 6.3 Cada estudiante deberá realizar su solicitud mediante el impreso correspondiente, en función de la modalidad escogida, en el Registro de la Secretaría de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Granada, especificando en él un máximo de tres grupos o tres profesores por orden de preferencia.

  • 6.4 Una vez realizadas y tramitadas las solicitudes, y dentro de los límites establecidos, cada profesor seleccionará a sus estudiantes entre los aspirantes.

  • 6.5 Para aquellos estudiantes que queden sin asignar tras este primer procedimiento, la Coordinación Académica del Título de Grado habilitará nuevamente el proceso por el que el alumnado volverá a solicitar grupo o tutor de entre los que dispongan de plazas en su oferta, y éstos a su vez elegirán a sus estudiantes.

  • 6.6 Para aquellos estudiantes que aún no tengan plaza otorgada en este segundo procedimiento, la Comisión de Asuntos Académicos de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad Granada junto con la Coordinación Académica del Título de Grado les asignará el tutor correspondiente. 6.7 Una vez asignado definitivamente un grupo o tutor, no se admitirán cambios de ningún tipo dentro de un mismo curso académico salvo motivos que sean debidamente justificados e informados por la coordinación de cada Título de Grado.

La evaluación de la asignatura TFG se basará en los siguientes aspectos, teniendo siempre en cuenta lo estipulado en la Memoria de Verificación de los Títulos de Grado:

  • 7.1 Criterios de evaluación:
    • Adquisición de las competencias citadas en el punto 3.2 del anexo I del RD 861/2010 para el título de graduado así como las competencias específicas referentes a la asignatura TFG establecidas en la Memoria de Verificación de los Títulos de Grado de la Facultad de Filosofía y Letras.

  • 7.2 Instrumentos de evaluación. Cada TFG deberá ser evaluado teniendo en cuenta:
    • Un trabajo individual determinado por cada profesor de acuerdo con lo establecido en la normativa del centro.

    • Una memoria individual que especificará, al menos, los objetivos, el proceso y los resultados obtenidos. Los elementos de esta memoria podrán presentarse independientemente o integrarlos en el cuerpo del trabajo individual del estudiante. 

    • Una defensa individual de la memoria en presencia del tutor, tutores o Comisión Evaluadora, según cada caso y de acuerdo con lo establecido en la normativa del centro.

    • El contenido del trabajo y de la memoria ha de ser apropiado para la titulación y su extensión y grado de dificultad han de ajustarse a lo establecido en la normativa aprobada en cada curso académico. La defensa individual de la memoria se realizará en sesión pública de acuerdo al calendario establecido por la coordinación de la titulación y el centro a lo largo del periodo ordinario y extraordinario de exámenes. El procedimiento para el desarrollo de esta defensa se ajustará a lo establecido en el apartado correspondiente de la normativa del centro. En cualquier caso, la defensa tendrá una duración máxima de 20 minutos que podrá estar seguida, según proceda, por un debate o preguntas que el tutor o la Comisión Evaluadora puedan plantearle al estudiante sobre las cuestiones que consideren oportunas.

  • 7.3 Criterios de calificación:

    • El trabajo individual representará el 70% de la calificación. 

    • La memoria individual representará el 15% de la calificación ya sea en su presentación independiente con respecto al trabajo individual o integrando sus elementos en el cuerpo del trabajo realizado. 

    • La defensa individual de la memoria representará el 15% de la calificación.

    • El sistema de calificaciones se expresará mediante calificación numérica de 0 a 10, según lo establecido en el RD 1125/2003, de 3 de septiembre, por el que se establece el sistema de créditos y sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y con validez en territorio nacional.

    • La mención de “Matrícula de Honor” podrá ser otorgada a los estudiantes que hayan obtenido una calificación igual o superior a 9.0. Su número no podrá exceder del 5% delos estudiantes matriculados en la asignatura en el correspondiente curso académico,salvo que el número de estudiantes matriculados sea inferior a 20, en cuyo caso se podrá conceder una sola “Matrícula de Honor” (MH). Para el cálculo del número de máximo de matrículas de honor se redondeará al entero inmediatamente superior y no entrarán en el cómputo los estudiantes de la Universidad de Granada que estén cursando estudios en otra universidad en el marco de un programa de movilidad estudiantil, nacional o internacional. 

    • Según proceda, cada tutor o Comisión Evaluadora podrá proponer a la coordinación del Título de Grado la relación de estudiantes que puedan optar a una MH. En el caso de que las propuestas de MH superen el cupo establecido por la Universidad de Granada, se nombrará una o varias comisiones compuestas por profesores que no participen en la tutorización de TFG, los cuales elevarán a la coordinación una propuesta de concesión de MH a partir de los criterios de baremación establecidos que serán públicos. Para la calificación de la asignatura TFG se tomará como base el modelo de rúbrica de evaluación por competencias recogido en la web del Vicerrectorado de Docencia de la Universidad de Granada.

    • La Comisión para la Garantía Interna de la Calidad de cada titulación hará público en la web del grado el modelo de rúbrica que se utilizará para la evaluación por competencias del TFG. Los demás aspectos relativos a la calificación del TFG se realizarán de acuerdo a lo establecido en la normativa del centro.

  • 7.4 Revisión de la calificación. A requerimiento del estudiante, el tutor, tutores o la Comisión Evaluadora emitirán un breve informe motivando la calificación obtenida. En caso de disconformidad con el informe, el estudiante podrá acogerse a lo establecido, sobre revisión ante tribunal, en la Normativa de evaluación y calificación de los estudiantes de la Universidad de Granada.

  • 8.1. Los TFG estarán sometidos a los correspondientes derechos de autor así como de la propiedad intelectual o industrial que dictamine la legislación, tanto de los estudiantes y de los tutores como de las empresas u organismos que pudieran estar involucrados en su elaboración.

  • 8.2. El plagio, entendido como la presentación de un trabajo u obra hecho por otra persona como propio o la copia de textos sin citar su procedencia y dándolos como de elaboración propia, conllevará automáticamente la calificación numérica de cero. Esta consecuencia debe entenderse sin perjuicio de las responsabilidades disciplinarias en las que pudieran incurrir los estudiantes que plagien.

  • 8.3. Las memorias entregadas por parte de los estudiantes tendrán que ir firmadas sobre una declaración explícita en la que se asume la originalidad del trabajo, entendida en el sentido de que no ha utilizado fuentes sin citarlas debidamente.

  • 8.4. Los trabajos y/o memorias se subirán a una plataforma de prevención del plagio, que será de consulta interna.

  • 8.5 La documentación del TFG presentada por el estudiante será conservada por el tutor hasta la finalización del curso siguiente. Acabado este plazo, en los siguientes treinta días, los citados materiales podrán ser retirados por aquellos estudiantes que lo hubiesen solicitado previamente, salvo que esté pendiente reclamación o recurso.