Los alumnos a los que se les haya concedido una plaza SICUE, pueden solicitar la beca SÉNECA. Para ello, deben cumplir los requisitos y formalizar la aplicación telemática pinchando aquí
Fecha límite de solicitud: 12 de mayo de 2012
Ha sido publicada la resolución provisional de las plazas SICUE. Podéis encontrarla pinchando aquí. Quien no esté conforme con la misma, puede realizar alegaciones en el registro de la Facultad de Letras hasta el 30 de marzo.
Con el objeto de brindar a los estudiantes la posibilidad de cursar parte de sus estudios en una universidad distinta a la suya, las Universidades españolas que integran la CRUE han establecido un programa de movilidad de estudiantes denominado Sistema de Intercambio entre Centros Universitarios Españoles (SICUE).
Los estudiantes pueden solicitar la movilidad en función de las plazas ofrecidas por su Universidad de origen. Éstas se publican entre los meses de enero y marzo de cada año y son el resultado de la firma de Acuerdos Bilaterales entre las universidades.
El Programa SICUE es apoyado por varios tipos de becas, entre las cuales se encuentra el Programa español de ayudas para la movilidad de estudiantes “Séneca” del Ministerio de Ciencia e Innovación y otro tipo de ayudas otorgadas por Comunidades Autónomas e instituciones públicas o privadas.
(Advertencia: estas FAQ han sido seleccionadas del Vicerrectorado de Estudiantes. Puedes encontrar el listado completo si pinchas aquí.
Para poder participar en el Programa de Becas Séneca es imprescindible haber obtenido una PLAZA SICUE en la Convocatoria SICUE convocada por la Universidad en la que se encuentre matriculado el alumno.
Una plaza SICUE es una plaza de movilidad que permite al alumno de una Universidad poder realizar estudios de su titulación en una Universidad distinta a aquella en la que se encuentra matriculado, con reconocimiento inmediato en su expediente académico de los créditos cursados.
No, la obtención de una plaza SICUE permite participar en el Programa de becas Séneca, pero no asegura la obtención de la ayuda.
Las solicitudes se presentan en la página web de la Universidad de Granada, a través del acceso identificado del alumnado. (http://www.ugr.es / Acceso identificado a servicios online de la Universidad / Alumnos / Solicitud online Sicue.)
Los meses de la plaza concedida son de obligado cumplimiento. Solo se podrán reducir o modificar la duración de la plaza previa solicitud por escrito del becario acompañada de informe del Vicerrector responsable del programa SICUE/SENECA de la Universidad de Origen justificando la reducción e Informe del Vicerrector responsable de la Universidad de Destino aceptando dicha reducción.
La fecha de inicio y de fin de la beca séneca es de obligado cumplimiento. Solo se podrán modificar previa solicitud por escrito del becario acompañada de informe del Vicerrector responsable del programa SICUE/SÉNECA de la Universidad de Origen justificando el cambio e Informe del Vicerrector responsable de la Universidad de Destino aceptando dicho cambio.
Si la renuncia es previa a la incorporación del becario en la Universidad de destino basta con presentar un escrito que asi lo especifique en la Universidad de Origen, con copia para la Universidad de destino y para este Servicio. Si la renuncia es posterior a la incorporación del becario en la Universidad de destino se tiene que cumplimentar el Impreso nº 7 de Renuncia del Cuaderno de Becario Séneca 2008, especificando los motivos de la renuncia, firmado por el becario y con el VºBº del Coordinador responsable del Centro, Escuela o Facultad de Destino. Si los motivos de la renuncia son de causa mayor tendrán que ser justificados documentalmente, de esta manera no se tendrá que devolver el importe abonado de la beca. Si no hay justificación documental se tendrá que devolver el importe abonado.
Al igual que en años anteriores, los becarios deberán incorporarse entre el día 1 y el 15 del mes de su fecha de inicio del curso académico. (Por ejemplo, si la beca Seneca le fue concedida por una plaza de 9 meses, siendo el periodo lectivo del 1-Oct-2008 al 30-Jun-2009 y el curso comienza el 2 de Octubre, debería incorporarse entre el día 1 y el 15 del mes de Octubre, para que se le abone la dotación económica correspondiente a ese mes. Igualmente deberá finalizar su estancia después del día 15 del último mes de la plaza concedida, para tener derecho al abono de la mensualidad completa.
No,la nota media SICUE es independiente de la nota media “Séneca”.Ésta se calcula sobre la nota media del expediente que nos remite la Universidad y el baremo posterior de la Comisión de Selección, de acuerdo con lo recogido en la Convocatoria.