¿Qué son los Grados?

Las enseñanzas oficiales de Grado, como ciclo inicial de las enseñanzas universitarias, tienen como objetivo fundamental la formación básica y generalista del y la estudiante en las diversas disciplinas del saber científico, tecnológico, humanístico y artístico, a través de la transmisión ordenada de conocimientos, competencias y habilidades que son propias de la disciplina respectiva –o de las disciplinas implicadas–, y que los prepara para el desarrollo de actividades de carácter profesional y garantiza su formación integral como ciudadanos y ciudadanas.

Los planes de estudios conducentes a la obtención de un título de Graduada o Graduado tendrán 240 créditos ECTS, salvo aquellos que estén sujetos a legislación específica. Su estructura secuencial queda fijada en 60 créditos por curso y Grado. El diseño del plan de estudios deberá explicitar toda la formación teórica y práctica que el estudiantado deba adquirir en su proceso formativo, estructuradas mediante materias o asignaturas básicas, materias o asignaturas obligatorias u optativas, y el trabajo de fin de Grado (TFG), y podrán incorporar prácticas académicas externas, así como seminarios, trabajos dirigidos u otras actividades formativas. La memoria de verificación del plan de estudios de un título universitario oficial de Grado y el Suplemento Europeo al Título deberán explícitamente recoger el ámbito de conocimiento en el que se inscribe el título.

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Tipos de asignaturas en los estudios de Grado

  • Asignaturas de formación básica: Constituyen los conocimientos básicos y fundamentales de la rama de conocimiento a la que se adscribe el título. Son ofertadas en la primera mitad del plan de estudios. Los planes de estudio contendrán un mínimo de 60 créditos de formación básica, de los que, al menos, 36 están vinculados a la rama de conocimiento a la que pertenezca el título.

  • Asignaturas obligatorias: Son los contenidos formativos determinados discrecionalmente por la Universidad en sus planes de estudios con la característica de ser obligatorios para el estudiante.

  • Asignaturas y créditos optativos: Son los contenidos formativos determinados discrecionalmente por la Universidad en sus planes de estudios con la característica de ser opcional para el estudiante, para poder trazar su propio itinerario formativo. La optatividad puede completarse matriculándose en la oferta de asignaturas optativas del plan de estudios o bien a través de reconocimiento de créditos por actividades universitarias (máximo 12 créditos), por enseñanzas universitarias no oficiales (máximo 6 créditos) o por acreditación de competencias lingüísticas (máximo 6 créditos).

  • Trabajo fin de Grado (TFG): El Trabajo de fin de Grado, de carácter obligatorio y cuya superación es imprescindible para la obtención del título oficial, tiene como objetivo esencial la demostración por parte del o la estudiante del dominio y aplicación de los conocimientos, competencias y habilidades definitorios del título universitario oficial de Grado. Deberá desarrollarse en la fase final del plan de estudios y para matricularse se deberán cumplir los requisitos establecidos por la Universidad. Asimismo, los trabajos de fin de Grado deberán ser defendidos en un acto público (Enlace información sobre el TFG)

  • Prácticas Externas: Algunos planes de estudio recogen la posibilidad de realizar con carácter optativo prácticas externas curriculares, pudiéndose también realizar con carácter extracurricular. Las prácticas académicas externas constituyen una actividad de naturaleza formativa realizada por los estudiantes universitarios y supervisada por las universidades, cuyo objetivo es permitir a los mismos aplicar y complementar los conocimientos adquiridos en su formación académica, favoreciendo la adquisición de competencias que los preparen para el ejercicio de actividades profesionales, faciliten su empleabilidad y fomenten su capacidad de emprendimiento. El Suplemento Europeo al Título recogerá las prácticas realizadas por el o la estudiante. (Información adicional:  Centro de Promoción de Empleo y Prácticas de la Universidad de Granada)

  • Asignaturas y créditos extracurriculares: Los créditos establecidos para materias optativas se entienden como carga lectiva mínima, por lo que los excesos serán certificados como “materias extracurriculares” y no se computarán para el cálculo de la nota media. Por una sola vez, al finalizar los estudios, el estudiante podrá decidir qué asignaturas conformarán su componente de optatividad y cuáles quedan como extracurriculares.

Clases de matrícula en los Grados

  • Matrícula ordinaria a tiempo completo: Los alumnos de primer curso tendrán que matricularse de un mínimo de 60 créditos. En el resto de los cursos los estudiantes con matrícula a tiempo completo podrán formalizar su matrícula entre 42 y 78 créditos, ambos inclusive, salvo los estudiantes que cursen programas de doble titulación, que podrán matricularse de hasta 96 créditos. De forma excepcional, previa solicitud al Decanato suficientemente motivada, los estudiantes podrán matricularse de un número mayor de créditos conforme a lo previsto en las Normas para la formalización de la matrícula que se dicten para cada curso académico.

  • Matrícula ordinaria a tiempo parcial: Los estudiantes con matrícula a tiempo parcial podrán matricularse de un mínimo de 24 y un máximo de 41 créditos. En el primer curso, tras acceder por preinscripción, deberán formalizar matrícula de un mínimo de 60 créditos y posteriormente solicitar al Decanato la modalidad de matrícula a tiempo parcial por causa justificada.

  • Matrícula extraordinaria: Tiene carácter excepcional y está orientada a quienes desean cursar parte de los estudios sin que su finalidad sea la obtención de un título universitario. El número de créditos a matricular estará comprendido entre un mínimo de 6 y un máximo de 24. No se podrán matricular asignaturas de formación básica (FB).

Normas de permanencia

  • Rendimiento académico mínimo para la permanencia en los estudios iniciados:

    • Primer año: Los estudiantes de nuevo ingreso en un Grado de deberán aprobar como mínimo 6 créditos del primer curso para poder continuar en dicho Grado. La Universidad de Granada, a través de los servicios competentes en materia de orientación académica, establecerá un plan de seguimiento, orientación y apoyo durante el segundo año académico de los estudiantes que hayan aprobado solo 6 créditos en el primer curso del plan de estudios de una titulación.

    • Segundo año: Al término de su segundo año académico en una titulación, para poder proseguir sus estudios en la misma, el estudiante deberán haber aprobado como mínimo 18 créditos, en el caso de estudiantes a tiempo completo, o 12 créditos, en el caso de estudiantes a tiempo parcial.

  • Límite de convocatorias de evaluación por asignatura:

    • Los estudiantes matriculados tendrán derecho a dos convocatorias de evaluación por asignatura y curso académico, una ordinaria y otra extraordinaria.

    • Los estudiantes dispondrán de un máximo de seis convocatorias de evaluación para superar una asignatura, entre ordinarias y extraordinarias. Para este cómputo la anotación como “no presentado” no se tiene en cuenta.

    • Los estudiantes que no superen la asignatura en la sexta convocatoria de evaluación no podrán permanecer en el Grado en la Universidad de Granada, salvo que el estudiante esté en condiciones de ejercer el derecho a la compensación curricular o cumpla los requisitos para solicitar una séptima convocatoria de gracia.

  • Plazos de permanencia en cada una de las enseñanzas de Grado:

    • Dedicación a tiempo completo (42 o más créditos matriculados en un año académico):

      • Grados de 240 créditos: máximo de siete años de matrícula en la titulación.

      • Dobles Grados: máximo de nueve años de matrícula en la titulación

    • Dedicación a tiempo parcial (24 a 41 créditos matriculados en un año académico): Los años en los que los estudiantes hayan estado matriculados a tiempo parcial computarán proporcionalmente, a efectos de permanencia, como la mitad de los años matriculados a tiempo completo.

Acreditación de lengua extranjera

Los estudiantes de grado, antes de la obtención del Título de Graduado o Graduada, deben acreditar la competencia lingüística en una lengua extranjera de nivel B1 o superior, conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.

Para acreditar el nivel será necesario presentar un diploma o certificado obtenido tras la realización de una prueba de domino de la lengua extranjera de nivel B1 o superior.

La documentación oficial que se admitirá para acreditar la competencia en una lengua extranjera se indica en esta tabla Consulta las tablas de equivalencia.

En la Facultad de Filosofía y Letras están exentos de la acreditación lingüística los estudiantes de los Grados en Estudios Árabes e Islámicos, Estudios Franceses, Estudios Ingleses y Lenguas Modernas y sus Literaturas.