Premios extraordinarios de los títulos de grado

Normativa para la concesión de premios extraordinarios de los títulos de Grado impartidos en la Facultad de Filosofía y Letras [2014].

Con la concesión de Premios Extraordinarios en los grados impartidos en la Facultad de Filosofía y Letras de la UGR se pretende incentivar y reconocer el rendimiento académico de los estudiantes.

Artículo 1.- Objeto y ámbito

Reconocer con carácter oficial a los estudiantes que han finalizado con mayor brillantez los estudios universitarios de los siguientes grados de la Facultad de Filosofía y Letras:

  • Antropología Social y Cultural
  • Geografía y Gestión del Territorio
  • Arqueología
  • Estudios Árabes e Islámicos
  • Estudios Franceses
  • Estudios Ingleses
  • Filología Clásica
  • Filología Hispánica
  • Filosofía
  • Historia
  • Historia del Arte
  • Historia y Ciencias de la Música
  • Lenguas Modernas y sus Literaturas
  • Literaturas comparadas

Artículo 2.- Beneficiarios.

Serán beneficiarios de los premios todos los estudiantes que concluyan sus estudios universitarios de las titulaciones mencionadas, atendiendo a los requisitos establecidos en el artículo 4.

Artículo 3.- Premios.

Se concederá un premio por curso académico para cada una de las titulaciones. Corresponderán a los mejores expedientes atendiendo a los requisitos y la valoración del expediente establecidos en los artículos 4 y 5.

Artículo 4.- Requisitos.

  1. Haber finalizado los estudios universitarios de los títulos de grado mencionados en el artículo 1 con una nota media igual o superior a 9.
  2. No haber consumido más de 4 años para finalizar los estudios, en el caso de estudiantes a tiempo completo.
  3. Para los estudiantes a tiempo parcial se ponderará el número de años en función de los créditos cursados por año académico.

Artículo 5.- Cálculo de la puntuación.

Para calcular la puntuación de cada solicitante se tomará la nota media de su expediente académico completo. En caso de empate, se resolverá favorablemente para el estudiante que posea en su expediente:

  1. Mayor número de Matrículas de Honor
  2. Mayor número de Sobresalientes
  3. Mayor número de Notables

En caso de persistir el empate, se dirimirá entonces atendiendo a la calificación del Trabajo Fin de Grado

Artículo 6.- Procedimiento.

Los premios se concederán anualmente una vez que finalice el curso académico. El procedimiento para ello comenzará al inicio del siguiente año académico. No será necesario presentar solicitud. Será la Comisión de Asuntos Académicos la que recabe los mejores expedientes que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 4 y la que revise los cálculos para obtener el resultado según lo establecido en el artículo 5.

La Comisión de Asuntos Académicos elaborará la propuesta para cada grado y, una vez aprobada, se expondrá en el tablón de anuncios de la Facultad, en la web y en las redes sociales vinculadas a la misma.

En el plazo de 10 días naturales desde la exposición se podrán presentar recursos dirigidos al Sr. Decano. Transcurrido este plazo, la Comisión de Asuntos Académicos adoptará resolución definitiva, comunicándola a los interesados. En este caso o si se interpusiese recurso algunos, la Comisión de Asuntos Académicos elevará propuesta a la Junta de Facultad para su aprobación, si procede, y se elevará entonces a la Secretaría General para que realice la propuesta definitiva para su aprobación por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Granada.

Artículo 7.- Notificación.

La resolución definitiva de la concesión de los premios se publicará en el tablón de anuncios y en la web de la Facultad de Filosofía y Letras. También será comunicada a los interesados mediante el correspondiente documento que lo acredite.